En caso de que sean reservas naturales la pena sería hasta de 8 años.
El proyecto ahora va para su estudio en la Camará de Senadores.
El documento plantea en uno de sus artículos que el que viole las normas legales o administrativas relativas al manejo del fuego, provoque incendios que afecten bosques, pastos, montes, cerros, plantaciones, humedales, ganado, vertederos u otros lugares de disposición de residuos, construcciones destinadas al uso público, será castigado con pena privativa de libertad de hasta 5 años o con multa de 500 a 2.000 jornales.

