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Mujer consigue redención y es liberada del Buen Pastor

Mujer consigue redención y es liberada del Buen Pastor
Vía: Ministerio de la Defensa Pública

Debido a no solo buen comportamiento, sino a través de trabajo duro y un programa intenso de rehabilitación y reinserción una mujer consiguió su libertad hoy. La misma se encontraba cumpliendo una condena de 5 años en el Buen Pastor, y la defensora pública, Doris Elda Arias Ayala gestionó su defensa.

Después de varias entrevistas telemáticas que la Defensora interviniente mantuvo con la defendida tomó conocimiento que la misma deseaba ser beneficiada con la medida de la redención, pues la misma participó de talleres, charlas de apoyo a la rehabilitación y reinserción de mujeres privadas de libertad.

La representada se desempeñó en el área de producción Kuña Pepo y en la Fundación Princesa Diana realizando trabajos de costura. Al mismo tiempo estudiaba en el Centro No. 79 San José del Programa de Educación Básica Bilingüe para adultos. A todos estos elementos se le sumó el informe técnico criminológico, planillas de estudio y trabajo para solicitar el beneficio de la redención.

En setiembre del presente año se realizó una audiencia ante la Jueza de Ejecución, quien en base a los documentos presentados por la Defensa Pública otorgó la redención descontando 280 días que había alcanzado con su esfuerzo, reflejado en su trabajo, estudios y muchas otras actividades que estaban plenamente acreditadas con los documentos correspondientes. Estos son las constancias y planillas remitidas por las autoridades del Centro Penitenciario Casa del Buen Pastor, por lo que se le otorgó la libertad.

La redención es un beneficio de la etapa de ejecución, el cual se encuentra establecido en el artículo 120 del Código de Ejecución Penal, que dispone lo siguiente: “Los internos condenados a una pena privativa de libertad mayor a tres años, que se encuentren en el período de tratamiento, en un establecimiento cerrado ordinario o semiabierto, que posean una conducta calificada como muy buena, podrán ser beneficiados con el régimen de redención ordinaria, por el que se restará un día a la condena, por cada tres días de trabajo o estudio.”

Este beneficio tiene como fundamento premiar o estimular a los internos que realicen actividades educativas o laborales durante la ejecución de la pena, a fin de lograr de este modo la resocialización de las personas y lograr en ellos una vida sin delinquir.

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