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Por qué el JEM debe remover de su cargo a la jueza Tania Irún

Por qué el JEM debe remover de su cargo a la jueza Tania Irún
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La jueza Tania Irún entregó a cuatro empresas off-shore con sede en Islas Vírgenes y Chipre, de socios desconocidos, 300 mil hectáreas en el Alto Paraguay valuadas en 500 millones de dólares y ubicadas dentro de la franja de Seguridad Fronteriza, algo que la Ley N° 2532/05 prohíbe.

Para sacar esta resolución, la jueza interrumpió su licencia por maternidad, poniendo por encima los intereses de cuatros firmas de maletín que se valieron de una deuda espuria contraída a partir de engaños, para interponer una demanda y lograr una sentencia récord que pone en peligro la soberanía de la nación inclusive firmando la sentencia en fecha 23 de noviembre de 2018, cuando la misma se da por notificada de la resolución que deja sin efecto su permiso de maternidad recién en fecha 28 de noviembre de 2018 (firmó resolución 5 días antes de notificarse de la resolución que la autorizaba a volver a su cargo de jueza).

Pero la jueza no solo actuó de manera más que sospechosa y desconociendo la ley, sino que autorizó a que fuese su ujier, Liz Cáceres (tal como se comprobó a partir de la pericia ordenada por la fiscala Silvana Otazú), la que redactara la sentencia sin tener competencias para hacerlo y mientras estaba interinando su juzgado el magistrado Hugo Becker.

En términos jurídicos:

  1. Incumplió las obligaciones y garantías previstas en la Constitución Nacional, códigos procesales referidas al ejercicio de sus funciones; (Art. 14 inc. b Ley 3759/09)
  2. Mostró manifiesta parcialidad e ignorancia de las leyes en juicio; (Art. 14 inc. g Ley 3759/09), específicamente la ley 2532/05 que establece la zona de seguridad fronteriza.
  3. Permitió y toleró a sus dependientes o subordinados (ujier notificador), infrinja leyes, reglamentos, acordadas u órdenes en el desempeño de sus funciones – ley 3759/09 inc. p.-

El detalle de los hechos que comprometen a la jueza y al JEM sino actúa según lo que manda el código en este enlace

https://medium.com/@osvaldoadibbittar_56085/los-hechos-60b4e3f1d561

 

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