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SEAM le saca la licencia a planta de COPETROL por derrame de combustible

SEAM le saca la licencia a planta de COPETROL por derrame de combustible

La Dirección de Asesoría Jurídica de la SEAM resolvió la instrucción de un sumario administrativo a la empresa en cuestión y/o responsables de dicho emprendimiento, como consecuencia de la intervención realizada por los funcionarios de fiscalización de la Secretaría del Ambiente. Dicha intervención se dio a raíz del derrame de hidrocarburos ocurrido en la Terminal Portuaria y Planta de Recepción, Depósito y Despacho de Combustibles, Granos y otros de la empresa COPETROL S.A., en el lugar ubicado sobre la Avda. San Antonio, barrio Achucarro, distrito de San Antonio, Departamento Central.

Es así que a través de la Resolución DAJ Nº 459/15 de fecha 02 de septiembre del 2015, la dirección de Asesoría Jurídica de la SEAM resolvió la apertura del sumario en averiguación por el derrame de hidrocarburos ocasionado en el marco de la actividad de la empresa de referencia, disponiendo que el Juzgado adopte todas las medidas necesarias para el cumplimiento de las normativas vigentes, así como las medidas de urgencia pertinentes a efectos de evitar daños irreparables al ambiente.

En principio, el hecho constituiría infracción al Art. 11º y concordantes de la Ley N° 294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental” y su Decreto reglamentario, así como a disposiciones de la Ley N° 3.239/07 “De los Recursos Hídricos del Paraguay”, donde las sanciones administrativas previstas en el marco del Decreto Nº 2598/14 pueden alcanzar los 20.000 jornales mínimos. Esto equivale a 1.216 millones de guaraníes.

En atención a la importancia del hecho, a través de la Resolución N° 460/15 de la fecha, se resolvió disponer la Suspensión de Actividades desarrolladas en el marco del proyecto Terminal Portuaria y Planta de Recepción, Deposito y Despacho de Combustibles, granos y otros de la empresa COPETROL S.A. desarrollado en la propiedad identificada con Cta. Cte. Ctral. Nº 27-0300-01/03, además de la Suspensión de la Licencia Ambiental, expedida en su oportunidad a través de la Declaración DGCCARN N° 1557/2014 de fecha 18 de junio de 2014. Es en virtud a éste documento que se había aprobado el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental de la Terminal Portuaria y Planta de Recepción, Deposito y Despacho de Combustibles de la mencionada empresa.

Notificación

Las medidas adoptadas están siendo notificadas tanto al Mmnicipio de San Antonio como al Ministerio de Industria y Comercio y el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización, a los fines de su cumplimiento sobre la base del Art. 12° Inc. b) de la Ley N° 294/93, que dispone que la licencia ambiental constituye requisito previo para el otorgamiento de autorizaciones de otros organismos públicos.

El Ministro del Ambiente manifestó al respecto: “estas medidas forman parte de las actuaciones que la SEAM se encuentra realizando a partir de la constatación del derrame, a la que se suman los procesos de intervención, monitoreo y seguimiento que se realizan y que proseguirán a efectos de asegurar la adopción de todas las medidas para salvaguardar el entorno y en su caso recomponer los impactos y daños que pudieran causarse; y que se corresponde con las que se adoptaran en todos los casos similares”.

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