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La gente no sabe quién multa, cuánto, ni cómo

La gente no sabe quién multa, cuánto, ni cómo
  • NO DEBE. La Caminera no debe controlar si se perforó o no el registro, por ejemplo.

Mucha gente no sabe diferenciar Patrulla Caminera de Policía Municipal de Tránsito, o simplemente, no saben qué es lo que les compete controlar y qué no. Crónica realizó una encuesta a personas que iban a ponerse al día con sus pagos, pero muchos no sabían ni qué realmente lo que se multa.

Por ejemplo, en el caso de la Policía Municipal de Tránsito, pueden multar cuando el registro está vencido o si no está al día con la revalidación (lo que se conoce como perforación), pero la Patrulla Caminera solo puede multar si es que la licencia está vencida, no así con el tema de la perforación.

“Yo sé que la Municipalidad me puede multar por no perforar, pero la Patrulla Caminera no sé realmente”, respondió Luis Alberto Fernández, quien fue a ponerse al día en el Municipio fernandino. Al ser consultado sobre si sabe las multas a las que se expone, dijo que no, asegurando que poco o nada se informa sobre eso.

Por su parte, Juan Martínez, mientras que ya esperaba por horas que se le perfore el registro en la Muni de Fernando, también dijo que desconoce que la Patrulla Caminera no debe controlar si la licencia está perforada.

Las distintas municipalidades establecen multas de acuerdo a su reglamento interno, por eso las mismas son diferentes, no están unificadas. En cambio, la Patrulla Caminera tiene una multa para cada caso a nivel país, debido a que se rige por la nueva Ley de Tránsito 5016/14, que está en vigencia hace unos años.

Multan por terminación del registro

El juez de Faltas de la Patrulla Caminera, Marcial Maldonado, dijo que el reglamento general anterior exigía que la gente se ponga al día con la renovación de licencia entre los meses de marzo y abril, pero como ese reglamento se derogó y nació uno nuevo, ahora la multa es por la terminación del registro.

“Nosotros ahora nos fijamos en el registro en donde dice ‘válido hasta’” he’i.

Contó que la multa por tener el registro vencido es de 10 jornales mínimos (G. 750.000), pero aclaró que no están facultados a controlar la perforación o revalidación de los registros.

En Fernando la multa por el vencimiento de los registros es de 3 a 6 jornales (G. 220.000 a G. 450.000). En la Muni de Asunción va de 11 a 20 jornales (G. 831.000 a G. 1.500.000). En el caso de Asunción la no revalidación tiene una multa de 4 a 10 jornales (G. 300.000 a G. 750.000).

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