De modo a que se cumplan con esta disposición, desde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se anunció que habrán estrictos controles, verificaciones y fiscalizaciones, tanto en rutas, comercios, transportes y fluviales aveí, para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales.
Las multas por violar el periodo de veda son por demás millonarias, así que al que le agarran con la mano en la caña en un lugar que no corresponde, amóntema. Para tener una idea, en el caso más "suave", o sea, si la infracción es "levísimas", las multas pueden ser de hasta 300 jornales, es decir, poco más de 26 millones de guaracas. Y si son "gravísimas" sique vas a tener que reencarnar varias veces y seguir pagando porque las multas pueden ir hasta los 20.000 jornales, es decir, más de 1.700 millones de guaracas.
Además, atendiendo a que el Ministerio Público también meterá mano, los infractores podrán igualmente enfrentar procesos que tienen entre sus muchas sanciones la posibilidad de ir a parar a la cacerolita.
El periodo de veda se extenderá hasta el 15 de diciembre del presente año, en el caso de las aguas compartidas con Argentina, y hasta el 31 de enero de 2023, para las aguas compartidas con Brasil.
El Mades aclara que se autoriza la comercialización de los productos extraídos en tiempo y forma, antes del inicio de la veda, al solo efecto de agotar stock.
Igualmente, se exceptúa la pesca de subsistencia, que se podrá realizar con anzuelos, liñada o caña con o sin reel y solo podrá ser practicadas desde la ribera y por los ribereños.
Los mismos deberán portar su Licencia de Pesca Comercial, quedando prohibido el uso de todo tipo de embarcaciones para actividades pesqueras. Los productos de esta pesca no podrán ser comercializados.
La normativa igualmente exceptúa de la veda a la pesca de producción, que se realiza mediante la acuicultura, en el que sólo se permite comercializar algunas especies como tilapia, carpa, boga, pacú y carimbatá.
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