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Plantean incluir también el “narcotest” en los controles ruteros

Plantean incluir también el “narcotest” en los controles ruteros

Además del alcotest que regularmente se realiza en los controles ruteros del país, de igual modo se busca implementar el test de drogas durante dichos procedimientos. Esto, mediante un proyecto de ley presentado por los diputados Carlos Rejala y Tito Ibarrola, en el cual se plantea la modificación de la ley nacional de Tránsito y Seguridad Vial en su artículo 113.

Según menciona una parte de la exposición de motivos, además del control de conductores alcoholizados, también se podrá controlar a conductores que se encuentren bajo los efectos de algún tipo de estupefaciente o sustancia sicotrópica. La referida iniciativa es la “que amplía y modifica el artículo 113 de la Ley N° 5016/2014, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial y su modificatoria Ley N° 6842/2021”, que tiene la intención de introducir la figura del narcotest conjuntamente con la del “alcotest”.

“El procedimiento consiste en la introducción de un hisopo en la boca del conductor, pasando por las encías, mejillas y lengua, con el objeto de recoger saliva. Una vez que se tenga suficiente material para el examen, el hisopo es sometido a un dispositivo especial, que al cabo de 10 minutos entrega los resultados, indicando si la muestra es positiva para una serie de sustancias”, refiere parte del documento.

Esta propuesta legislativa agrega un inciso ñ) en el artículo en el cual se enumeran los ítems que son considerados faltas gravísimas. “La conducción en estado de intoxicación por consumo de estupefacientes u otras sustancias psicoactivas que alteren las condiciones psicofísicas normales requeridas para conducir”. Este agregado también será considerado falta gravísima, al igual que la conducción en estado de intoxicación por el consumo de alcohol, de acuerdo al proyecto.

También se agrega que de resultar positivo luego del examen de sangre, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para la persecución penal y la aplicación de la pena conforme a lo establecido en la Ley N° 1160/1997, Código Penal.

Finalmente se establece que el aparato del narcotest deberá estar certificado por el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN), y que todos los procedimientos deberán constar en un acta con todas las formalidades requeridas para el efecto.

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